LOS ARQUITECTOS TIENEN LA COMPETENCIA EXCLUSIVA EN INTERVENCIONES QUE CAMBIEN LOS USOS CARACTERÍSTICOS DEL EDIFICIO, AUNQUE SOLO AFECTE A UNO DE LOS INMUEBLES QUE CONFIGURAN LA EDIFICACIÓN
Los arquitectos tienen la competencia exclusiva en intervenciones que cambien los usos característicos del edificio, aunque solo afecte a uno de los inmuebles que configuran la edificación.
Desde el Consejo recordamos que la sentencia del Tribunal Supremo 700/2026, de 4 de junio, fija doctrina jurisprudencial.
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